UGT exige que se dote de las herramientas necesarias para el trabajo diario en Andrés Ahumada 4
UGT solicita se realicen las gestiones necesarias a fin de que, como empresa, doten de las herramientas necesarias para que puedan llevar a cabo las personas trabajadoras, de forma eficiente, su trabajo durante la jornada en el centro de trabajo ubicado en la C/ Andrés Ahumada, 4 (Leganés).
Esta petición se fundamenta y argumenta en base a que los responsables de tienda de dicho centro de trabajo, Directora y RT, por orden de la empresa, tienen que enviarles a diario, una serie de fotografías, todo hecho con sus propios móviles personales, debido a que, en el terminal que han dispuesto en el centro de trabajo, no se puede hacer fotos con ellos, ni abrir el Gmail con el que la empresa trabaja, porque lo tienen todo bloqueado en el dispositivo móvil de la tienda.
Esta situación, provoca que las personas trabajadoras, tengan sus móviles personales colapsados, y, por ende, que estén utilizando sus tarifas personales de datos de internet, creando un perjuicio sobre estas personas, y un malestar general. Asimismo, entendemos que esta situación no es aislada en este centro de trabajo, por lo que hacemos extensible esta reclamación a todos los centros de trabajo, que disponen en la Comunidad de Madrid.
Desde UGT, queremos dejar claro a la Dirección de empresa que, no puede obligar al empleado a usar materiales propios para la realización de su trabajo. Es decir, que la empresa es responsable de brindar a sus empleados, las herramientas necesarias para llevar a cabo de forma eficiente su trabajo durante la jornada. Además, bajo ningún concepto puede obligar al trabajador a que se compre, por ejemplo, un móvil para hacer su trabajo, o utilizar su tarifa de datos móviles, ya que se estaría haciendo un abuso del derecho empresarial. Pero esta situación evoca a ello, por el desgaste de su teléfono propio y la necesidad de usar su internet personal.
El Real Decreto Ley 1215/1997 señala en su artículo 2 que se entiende por “equipo de trabajo: cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo” y establece como obligaciones generales del empresario: “El empresario adoptará las medidas necesarias para que los equipos de trabajo que se pongan a disposición de los trabajadores sean adecuados al trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados al mismo, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizar dichos equipos de trabajo”.
Desde UGT no comprendemos esta situación y nos vemos en la obligación de exigir esta petición de manera independiente, en calidad de Sindicato UGT Supermercados Alcampo, con el fin de evitar cualquier posible perjuicio a los trabajadores y trabajadoras.
En consecuencia, consideramos que esta acción por parte de la empresa infringe los valores permitidos, según lo estipulado en El Real Decreto Ley 1215/1997, el cual establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Esperamos que tome plena conciencia de nuestra petición y le rogamos que nos proporcione una pronta respuesta en relación a lo solicitado.