UGT solicita herramientas y uniformidad para las tiendas de Uruguay y Príncipe de Vergara


UGT
solicita con carácter de urgencia que se repare, o que en su defecto se sustituya por una nueva, la máquina de corte de fiambres de la sección de charcutería en las tiendas de la compañía sita en C/ Príncipe de Vergara, 197 (Madrid), y C/ Uruguay, 16 (Madrid). 

Esta petición viene fundada y argumentada ya que, en la última visita realizada a estos centros de trabajo por nuestra parte, hemos detectado que esta máquina se para, no permite hacer los cortes de manera adecuada, y, por ende, sólo hay disponible una de ellas, que además es la que falla, existiendo el riesgo de contaminación cruzada por el uso de productos curados, cocidos y quesos en la misma máquina. 


Esta situación crea un peligro constante para las personas trabajadoras de estas plantas de venta, pudiéndose producir accidentes innecesarios, que ponen en riesgo la seguridad de los/as mismos, pero es que además es un riesgo de seguridad alimentaria para los consumidores, sus clientes, por la exposición de patógenos al estar produciéndose esa contaminación al producirse la manipulación durante las operaciones de loncheado, existiendo la posibilidad de un foco de contaminación de los alimentos por parte de microorganismos como la Listeria monocytogenes. 


De la misma manera, en la sección de charcutería de Príncipe de Vergara, no tiene dispensador de jabón de manos en el fregadero de la sección, ni dispensador de papel de manos, y la máquina filmadora está rota, lo que obliga a la persona trabajadora a tener que estar cortando con un cuchillo el film, entre las resistencias de la máquina, exponiéndose a un riesgo para su seguridad y salud. 


Asimismo, en el centro de trabajo C/ Príncipe de Vergara, 197, la sección de carnicería no tiene las herramientas de trabajo en óptimo estado. Esto se debe a que, la tabla de carnicero” o “tronco de carnicero que utilizan para cortar la carne y pollo, está rota, sin anclaje y sin estabilidad al suelo. Esto conlleva un gran riesgo para las personas trabajadoras, ya que, pueden sufrir cortes o lesiones debido a la inestabilidad de esta herramienta de trabajo. 

Además, no disponen de los cuchillos necesarios para realizar todas las tareas de corte para el funcionamiento diario de su trabajo, debido a que, desde la subrogación, en la que la empresa saliente recogió gran parte de los utensilios de las secciones de frescos, desde Alcampo no ha repuesto aquellas piezas necesarias en cuanto a herramientas y materiales de trabajo. 


Todas estas situaciones, hacen que el personal de ambos centros de trabajo, no realice su jornada diaria en condiciones óptimas y adecuadas. Usted como empresario, deberá controlar que todos los elementos e infraestructuras están en condiciones adecuadas y óptimas de mantenimiento y calibración. 

El establecimiento deberá disponer de un programa de mantenimiento preventivo continuo donde conste un listado de los equipos o instalaciones que requieran un mantenimiento planificado para garantizar el correcto estado de conservación y/o mantenimiento, y que especifique la frecuencia con la que se deberá realizar. 


La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece una serie de principios generales con el objetivo de promover la seguridad y la salud de todos los trabajadores a partir de la aplicación de medidas de protección. Dentro de estos principios generales destaca, entre otros, el artículo 17 que establece la obligación de los empresarios en cuanto a los Equipos de trabajo y medios de protección, por el que debe adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. 

Asimismo, hemos podido constatar que, los trabajadores y trabajadoras, aún no tienen completos los uniformes para el periodo de invierno, teniendo que usar sus antiguos pantalones o polos de La Plaza de Dia, o suyas personales para poder realizar el cambio de prenda, la cual sea acorde a las temperaturas bajas que estamos sufriendo, y cumplan con su normativa de decoro y buena imagen al público que han marcado desde Alcampo. 


Bien, como ustedes tienen personas trabajadoras en este centro de trabajo con distintos convenios, ya que, hay personal subrogado de Grupo El Árbol, y personal de nueva contratación como personal de Alcampo, exponemos lo siguiente: 


El Artículo 28. Prendas de trabajo, del Convenio Colectivo Comercio Alimentación de la Comunidad de Madrid, dice “En los casos en que el puesto de trabajo requiera determinada uniformidad, las empresas dotarán a los trabajadores de las prendas necesarias para el desempeño de la actividad, pudiendo sustituir la dotación por una compensación económica que no tendrá el carácter de condición más beneficiosa, ni carácter salarial” 

Artículo 64. Uniformes de trabajo, del Convenio Colectivo de Sabeco, dice “A partir del ejercicio 2022 a las personas trabajadoras que proceda, comprendidas en el presente Convenio, se les proveerá obligatoriamente, por parte de la empresa, de uniforme y otras prendas, en concepto de útiles de trabajo, de las conocidas y típicas para la realización de las distintas y diversas actividades que el uso viene aconsejando. 

La provisión de tales prendas se ha de hacer al comenzar la relación laboral entre las empresas y las personas trabajadoras en número de dos prendas, que se repondrán en anualidades sucesivas, de manera conveniente, o al menos en la mitad de las mismas, salvo en funciones mercantiles efectuadas de cara al público, en las que la reposición anual se realizará en número de dos uniformes, todo ello en función de la exigible buena presencia del trabajador destinado a estos cometidos.” 

Como pueden ver, deben de proveer a sus empleados del uniforme, que sea adecuado para la realización de sus distintas funciones. 

Estas lamentables situaciones, provoca que el personal de la planta de venta no pueda llevar a cabo sus labores diarias en condiciones óptimas durante su jornada laboral, lo que es innecesario y negligente por parte de la dirección de la empresa. 


Por todo ello, desde UGT solicitamos que, como máximos responsables en la protección de la salud e integridad de sus trabajadores y trabajadoras, reparen todas las incidencias expuestas en cuanto a herramientas de trabajo, y que cumplan con lo estipulado en los distintos convenios colectivos de aplicación con la máxima urgencia, haciendo llegar los uniformes de invierno completos. 


Desde UGT, nos resulta incomprensible esta situación y nos vemos obligados a presentar esta petición de manera individual, en calidad de UGT Supermercados Alcampo, con el objetivo de evitar cualquier perjuicio potencial que pueda afectar a los trabajadores y trabajadoras de la Comunidad de Madrid. 


Se advierte a la Dirección de la empresa que, en caso de no atender de manera urgente a esta incidencia, se estará incurriendo en una infracción en materia preventiva. 

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